Decreto 1077 de 2015: La Base Legal para las Licencias Urbanísticas en Colombia

¿Qué es el Decreto 1077 de 2015?

El Decreto 1077 de 2015 es el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. Compila y unifica la normatividad relacionada con el desarrollo urbano, la vivienda y el ordenamiento territorial. Dentro de este decreto, uno de los capítulos más relevantes es el que reglamenta el procedimiento para el otorgamiento de licencias urbanísticas.

¿Qué son las licencias urbanísticas?

Las licencias urbanísticas son autorizaciones legales otorgadas por las curadurías urbanas o por las oficinas de planeación municipal, que habilitan la ejecución de intervenciones como:

  • Construcción

  • Ampliación

  • Modificación

  • Adecuación

  • Reconstrucción

  • Demolición

  • Urbanización y parcelación

Estas licencias garantizan que los proyectos se desarrollen conforme a las normas del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), la Ley 388 de 1997 y demás disposiciones técnicas y urbanísticas.

¿Quién define el POT?

Cada municipio o distrito de Colombia es responsable de formular y actualizar su propio POT, de acuerdo con las directrices nacionales del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Los principales tipos de POT son:

  • POT completo: para ciudades mayores de 100.000 habitantes

  • PBOT (Plan Básico): para municipios entre 30.000 y 100.000 habitantes

  • Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT): para municipios pequeños o rurales

La información del POT está disponible en las páginas web de las Alcaldías o Secretarías de Planeación.

Tipos de licencias según el Decreto 1077

Para obras nuevas o intervenciones en edificaciones existentes.

Para subdividir y dotar terrenos destinados a desarrollos urbanísticos.

Para dividir suelo rural o de expansión, permitiendo el desarrollo futuro.

Para fraccionar predios sin obras de urbanismo.

Permite legalizar construcciones existentes que no contaban con licencia, bajo criterios técnicos y de norma.

¿Qué documentos exige el Decreto 1077?

  • Al solicitar una licencia, se debe presentar:
  • Formulario único nacional de licencias
  • Planos arquitectónicos y estructurales
  • Estudios técnicos (suelo, patológicos, eléctricos, etc.)
  • Copia del documento de propiedad
  • Concepto de uso del suelo y alineamientos
  • Cronograma de obra y memoria descriptiva
  • En algunos casos: conceptos del Ministerio de Cultura, planeación, ambientales, etc.

¿Quién puede expedir estas licencias?

Según el Decreto 1077, las licencias son expedidas por:

  • Curadurías urbanas (en municipios que cuentan con ellas)
  • Oficinas de planeación municipal o distrital (donde no haya curaduría)

Estas entidades son responsables de revisar los requisitos, verificar el cumplimiento del POT y expedir resoluciones que autorizan la ejecución de la obra.

¿Cuál es el rol de AIT Construcciones frente al Decreto 1077?

En AIT Construcciones, brindamos acompañamiento completo en el proceso de gestión, preparación y radicación de licencias urbanísticas, cumpliendo con cada detalle técnico y legal.

  • Elaboramos todos los estudios requeridos (topográficos, estructurales, eléctricos, etc.)
  • Desarrollamos planos conforme a la norma urbanística y POT local
  • Gestionamos y tramitamos licencias ante curadurías u oficinas de planeación
  • Aseguramos que tu proyecto avance sin riesgos de sanción o suspensión

¿Qué pasa si construyo sin licencia?

El Decreto 1077 es claro: construir sin licencia urbanística puede generar graves sanciones:

  • Sellamiento y suspensión inmediata de obra
  • Multas hasta por 100 salarios mínimos
  • Demolición de la construcción no autorizada
  • Proceso judicial o administrativo por daño urbanístico

¿Qué pasa si construyo sin licencia?

¿Vas a construir o legalizar tu proyecto?

En AIT Construcciones te asesoramos en todo el proceso de licenciamiento: desde estudios técnicos y diseño arquitectónico, hasta la radicación y aprobación de licencias urbanísticas.