La Ley 1564 de 2012, conocida como el Código General del Proceso (CGP), unificó y modernizó la normatividad procesal civil en Colombia. Entre sus apartados más relevantes se encuentra la regulación de las pruebas periciales y la figura del perito judicial, clave en litigios técnicos.
Este código es aplicable en procesos civiles, laborales, agrarios, de familia y algunos administrativos donde se requiera evaluar hechos mediante conocimiento técnico, científico o especializado.
Un perito judicial es un experto designado por un juez, las partes, o inscrito en listas oficiales, que tiene la función de emitir un dictamen técnico imparcial y fundamentado que contribuya a esclarecer hechos relevantes dentro de un proceso judicial.
En el sector de la ingeniería, arquitectura y construcción, los peritos pueden ser requeridos para:
Establece que la prueba pericial debe ser clara, precisa, sustentada y con metodología comprobable. También indica que el dictamen puede ser solicitado por las partes o decretado de oficio por el juez.
El dictamen debe contener:
Nombre, identificación y calidades del perito
Descripción del objeto de estudio
Metodología usada
Análisis técnico con referencias normativas y científicas
Conclusiones técnicas clara
Si el perito incumple su deber, puede ser sustituido, sancionado o incluso perder su derecho a ejercer como auxiliar de la justicia.
Existen tres formas:
Designado por el juez de manera directa, si no hay acuerdo entre las partes.
Elegido por las partes, cuando existe mutuo acuerdo.
Tomado de la lista oficial de auxiliares de la justicia administrada por los Consejos Seccionales de la Judicatura.
El perito debe aceptar el cargo mediante acta y tiene plazo legal para entregar su dictamen, que suele ser entre 10 a 30 días, salvo prórroga justificada.
En AIT Construcciones, contamos con profesionales habilitados para actuar como peritos judiciales en procesos relacionados con:
🔍 Peritajes estructurales y patológicos
📐 Levantamientos topográficos y linderos
💧 Peritajes en obras hidráulicas o sanitarias
🏚️ Evaluación de edificaciones para procesos de pertenencia o afectación
⚖️ Dictámenes sobre fallas técnicas o incumplimientos contractuales
Nuestros informes periciales se elaboran con base en normativa legal (CGP, Ley 400, NSR-10, etc.) y cuentan con respaldo técnico, gráfico y normativo verificable.
El dictamen del perito puede ser determinante en la decisión de un juez, ya que su contenido técnico aporta elementos objetivos que el juzgador no domina directamente. Por eso, la calidad, imparcialidad y metodología del informe son esenciales.
Además, las partes pueden controvertir el dictamen, solicitar aclaraciones, o incluso solicitar una segunda opinión técnica mediante perito de contradicción.
Este decreto se articula con:
Ley 400 de 1997 y NSR-10: Estructuras y seguridad
Ley 675 de 2001: Propiedad horizontal
Decreto 1077 de 2015: Licenciamiento urbano
Normas ICONTEC, ASTM y RETIE: Ensayos y normativa técnica
Ley 397 y Decreto 763: Cuando el bien es patrimonial
Jose Angel
Ingeniero Civil
AIT | Servicios y Construcciones
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