El Decreto 1077 de 2015 es el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. Compila y unifica la normatividad relacionada con el desarrollo urbano, la vivienda y el ordenamiento territorial. Dentro de este decreto, uno de los capítulos más relevantes es el que reglamenta el procedimiento para el otorgamiento de licencias urbanísticas.
Las licencias urbanísticas son autorizaciones legales otorgadas por las curadurías urbanas o por las oficinas de planeación municipal, que habilitan la ejecución de intervenciones como:
Construcción
Ampliación
Modificación
Adecuación
Reconstrucción
Demolición
Urbanización y parcelación
Estas licencias garantizan que los proyectos se desarrollen conforme a las normas del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), la Ley 388 de 1997 y demás disposiciones técnicas y urbanísticas.
Cada municipio o distrito de Colombia es responsable de formular y actualizar su propio POT, de acuerdo con las directrices nacionales del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Los principales tipos de POT son:
POT completo: para ciudades mayores de 100.000 habitantes
PBOT (Plan Básico): para municipios entre 30.000 y 100.000 habitantes
Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT): para municipios pequeños o rurales
La información del POT está disponible en las páginas web de las Alcaldías o Secretarías de Planeación.
Para obras nuevas o intervenciones en edificaciones existentes.
Para subdividir y dotar terrenos destinados a desarrollos urbanísticos.
Para dividir suelo rural o de expansión, permitiendo el desarrollo futuro.
Para fraccionar predios sin obras de urbanismo.
Permite legalizar construcciones existentes que no contaban con licencia, bajo criterios técnicos y de norma.
Según el Decreto 1077, las licencias son expedidas por:
Estas entidades son responsables de revisar los requisitos, verificar el cumplimiento del POT y expedir resoluciones que autorizan la ejecución de la obra.
En AIT Construcciones, brindamos acompañamiento completo en el proceso de gestión, preparación y radicación de licencias urbanísticas, cumpliendo con cada detalle técnico y legal.
El Decreto 1077 es claro: construir sin licencia urbanística puede generar graves sanciones:
Ley 388 de 1997: Base del ordenamiento territorial en Colombia
NSR-10: Norma técnica obligatoria para la seguridad estructural
Ley 400 de 1997: Requisitos estructurales para edificaciones
Ley 675 de 2001: Aplicable si hay propiedad horizontal
Jose Angel
Ingeniero Civil
AIT | Servicios y Construcciones
¿Tienes un proyecto en mente? Te orientamos sin compromiso.