El loteo para sucesiones es el proceso mediante el cual se divide un predio heredado entre los diferentes herederos, garantizando que cada uno reciba un lote individual, legalmente definido y con posibilidad de registrar su propiedad.
Es una combinación entre:
División predial (urbana o rural)
Proceso de sucesión hereditaria
Trámite catastral y notarial
Este tipo de loteo requiere cumplir tanto normas urbanísticas locales como procedimientos jurídicos de herencia.
Cuando una familia recibe un terreno o finca por sucesión, legalmente sólo existe un inmueble con un solo número catastral, a nombre de todos los herederos. Esto puede causar:
Conflictos por uso o venta del predio
Imposibilidad de vender, construir o escriturar individualmente
Trámites legales detenidos por falta de división formal
Al realizar el loteo, cada heredero obtiene su propio lote con matrícula inmobiliaria y escritura independiente.
Debe estar adelantado o finalizado. Se identifica el bien inmueble a dividir y los herederos legitimados.
Se realiza el levantamiento topográfico para conocer el área total, pendientes, vías y elementos existentes.
Se revisa si el predio permite subdivisión o parcelación, de acuerdo al uso del suelo, frente mínimo, área por lote, etc.
Trazamos los nuevos lotes con áreas equilibradas, accesos, y respetando la normativa vigente.
Se solicita ante la autoridad municipal. Es indispensable para legalizar la división.
Con base en los planos aprobados, cada heredero puede registrar su lote en la Oficina de Registro.
En algunos casos el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) no permite dividir un lote porque:
No cumple con el frente mínimo
Se ubica en zona de protección, inundación o rural no parcelable
Es de uso agrícola o forestal exclusivo
En esos casos se puede:
Realizar copropiedad con asignación de uso privado
Solicitar una excepción justificada ante planeación
Urbanizar parcialmente para habilitar subdivisión
Cada heredero recibe su propiedad individual
Evita conflictos familiares por repartición
Permite vender, construir o hipotecar el lote
Legaliza la tenencia y actualiza el catastro
Facilita herencias futuras o trámites legales
No. Debe haber una adjudicación parcial o total del predio, con consentimiento de todos los herederos.
No. Toda subdivisión predial debe ser aprobada por curaduría o planeación, o será ilegal ante el catastro.
El juez puede ordenar una partición judicial. Aun así, se requerirá diseño técnico y loteo aprobado.
Jose Angel
Ingeniero Civil
AIT | Servicios y Construcciones
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